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Independencia de Costa Rica

15 de setiembre

Independencia de Costa Rica

Hasta que se aclaren los nublados del día

La invasión de Napoleón Bonaparte a España generó la caída de la monarquía española en 1808. Así, el pueblo español se revela y se fundan las Juntas, que asumen el gobierno por el rey Fernando VII.

En 1810, representantes de América y España se reúnen en las Cortes de Cádiz (nuestro representante fue Florencio del Castillo) y para 1812 surge una Constitución democrática, que Fernando VII veta al asumir de nuevo el trono.

La Revolución Francesa y la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano , unidos a la Independencia de las Trece Colonias en América del norte, generan en Hispanoamérica ideas de independencia, como en América del Sur y en el actual México, que declara la independencia en 1821.

Ésta situación precipita los acontecimientos del 15 de setiembre de 1821 en la Capitanía General de Guatemala, en donde se redacta el Acta de la Independencia de Guatemala.

En las Cortes de Cadiz

La Diputación de León de Nicaragua rechaza en el Acta de León la posición de Guatemala.

El movimiento independentista de Hispanoamérica tuvo otras causas, como la lucha en contra del monopolio comercial, pues España no le permitía a las colonias comerciar con otros países, lo cual impedía le desarrollo económico.

También en las Cortes de Cádiz, se tomaron acuerdos como dar libertad comercial, libertad a los indígenas y eliminó algunos tributos.

Otro motivo fue el descontento de los criollos (hijos de españoles nacidos en América), ya que estos no tenían acceso al poder político que estaba destinado a los nacidos en España.

Por último, las ideas de la Ilustración, que consignaban las ideas de igualdad, fraternidad y libertad (comercial y de pensamiento), por lo tanto, iban en contra de las monarquías absolutas.

El inicio

La agitación del pueblo, organizada por una mujer, ayudó a que se proclamara la independencia Centroamérica en medio de explosiones de pólvora y música.

Antecedentes

El 15 de setiembre de 1821 en el Capitanía General de Guatemala se reunieron las autoridades de las provincias, estaban también los representantes de la Universidad, de la Iglesia y otras autoridades civiles. En el lugar se congregaron 56 personas , las cuales tenían que decidir si Centroamérica se separaba de España. Entre ellos se encontraba Pedro Molina, un importante personaje guatemalteco que apoyaba la idea independentista con mucha firmeza.

Presencia femenina

La esposa de Pedro Molina, María Dolores Bedoya, visitó el día anterior a esa reunión todos los barrios más habitados de la ciudad con el objetivo de invitar al pueblo a llenar la plaza, ubicaba frente al Palacio de Gobierno. Ella contrató música y pólvora para tener suficientes cohetes y bombas tronadoras, pues esperaba festejar a lo grande el 15 de setiembre. Mientras los miembros de la Junta discutían los argumentos a favor y en contra de la declaración de independencia, Bedoya agitaba al pueblo en la plaza a favor de la libertad.

La declaración

Dentro del Palacio de Gobierno comenzaron a repetirse los argumentos para retrasar la proclama de independencia. Uno de los opositores era José Cecilio del Valle, quien también era una persona importante en Guatemala. Pero cuando las detonaciones de pólvora, cohetes y música iniciaron, los representantes opuestos a la independencia creyeron que había estallado la revolución y se apresuraron a proclamar la independencia.

Más protagonistas

El encargado de redactarla, y uno de los firmantes del Acta de Independencia, fue José Cecilio del Valle, aunque él se oponía a la declaración y prefería esperar la decisión de las demás provincias centroamericanas. Pero es a la personalidad acomodaticia de Gabino Gaínza a quien se le debe que no fuera necesario realizar batallas para alcanzar la libertad pues este, último gobernador español en Centroamérica, terminó apoyándola. Gaínza, además de firmar el acta, logró que las autoridades españolas aceptaran la nueva situación sin realizar luchas armadas. Otro personaje importante fue el presbítero Juan de los Santos Madriz, rector de la Universidad Santo Tomás, activo miembro y firmante del Acta del 29 de Octubre de 1821.

Pileta en la Asamblea Legislativa

Pileta en la Asamblea Legislativa

Pileta en la Asamblea Legislativa

La República Argentina a la hermana República de Costa Rica en el sesquicentenario de su independencia. 1821-15 SETIEMBRE-1971

ACTA DE LA INDEPENDENCIA DE COSTA RICA
29 DE OCTUBRE DE 1821

En la ciudad de Cartago á los veinte y nueve días del mes de Octe. de mil ochocientos veintiuno con premisas de las plausibles noticias de haverse jurado la Independencia en la Capital de México y en la Proa. de Nicaragua. Juntos en cabildo extraordinario y abierto el M. N. y L. A. de esta Ciudad; los SS. Vico y Cura Rector, El Ministro de Hacienda pbco, inumerab1es personas de distinción y pueblo, se leyeron dos ofics. de 11 Y 18 del corriente y bando del S. G. P. Superior D. Mig. Gonzales Saravia en q. conforme al voto de los partidos de Nicaragua se juró en León el día once del mismo la independencia absoluta del Govno. Español y baxo el plan q. adopte el Imperio Mexicano. Haviendose leído también un manifiesto de Guatema. sbre el verdadero aspecto de su independencia pr. unanime voto de todos los circunstantes se acordó 1º Que se publique, proclame y jure solemnemte, el Jueves 1º de Noviem. la Independencia absoluta del Gvno. Español. 2º Que absolutamente. se observarán la Consitución y leyes q. promulgue el Imperio Mexicano; en firme concepto de q. en la adopcion de este plan consiste la felicidad y verdaderos intereses de estas Proas. 3º Que se proceda inmediatamente, a recivir el juramto. correspondiente al Sr. S. G. P. Subaltno. al M. N. y L. A. al cito S. Vico. D. Pedro Alvarado y Cura Rector D. Joaq. Alvarado y Mnto. de Hacda. pbca. D. Manl. Garc. Escalante y segun el arto. 1º a toda autoridad. 4º Que este acuerdo con insercion de los arlic. del bando del S. G. P. se publique pr. Bando. 5º Inmediatamente prestó el S. G. P. Subalt. el juramto, en manos del S. Alce. y el M. N. A. Vico. Ecco. Cura Redor Eccos. presentes teniente de Haca. en manos del cito. S. Gefe. Lo firmaron los S. S. abaxo subscriptos ante mi el infrascripto Secreto lo qe. certifico.-entre rrengs. de 11 y 18 del corrte.-mismo.-todo ve. -Emmo.-y.-Superior.-Jueves.-se.-D.-prestó.-todo ve.-resto.-el.-corrte.-adoptado.-adoptan.-Nada Vale.-Juan Manuel de Cañas (R.).-Pedro Jose Alvarado (R.).-Jose Joaquin de Alvarado (R.).-Santiago Bonilla (R).-Jose Mercedes Peralta (R). -Manl. Garca. Escalante (R.)-Jose Stos. Lombardo (R).-Raf. Franco. Osejo (R).-Leg. pr. Ujarrás.-Grego. Jose Ramires (R).-Lego. pr. Alaja.-Juan de los Stos. Madriz (R). Lego. pr. S. José.-José Cypriano Perez (R). Lego. pr. Eredia.-Bernardo Rodríguez (R). Lego. por Barva.-Nicolas Carazo (R).-Mani. de la Torre (R).-Joaqn. Oreamuno (R).-Salvador Oreamuno (R).-Pedro Jose Carazo (R).Juan José de Bonilla (R).-Narciso Esquivel (R).-Franco Saenz (R).-Jose Antonio Echandi (R).-Félix Oreamuno (R).-José Mª de Peralta (R).-Manl. Peralta (R).-Tranquilino de Bonilla (R).-Visente Fabrega (R).-Como Delegado de los ayunts. de Bagaces Miguel de Bonilla (R).-Joaquín Carozo (R). Secreto. de Cavo.

Tomado del original, Libro de Actas del Ayuntamiento de Cartago, año 1821. Archivo Nacional.

Nota: Se respeta la ortografía y abrevíaciones usadas en aquella época.

Independencia de Costa Rica

Placa en el costado norte del Parque Central de San José que recuerda el lugar donde se recibió y confirmó la independencia.

Galería desfile 15 de setiembre 2016 en Santa María de Dota

 
DÍA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL

Decreto que declara feriado el 15 de Setiembre.

No. CXL

Manda que el día 15 de setiembre de todos los años sea feriado para todas las oficinas públicas, y celebrado en todas las escuelas de la República.

No. 21

El General Presidente de la Repúblioa de Costa Rica. Por cuanto el Excelentísimo Poder Legislativo ha decretado y sancionado lo siguiente

El Excelentísimo Congreso Constitucional de la República de Costa Rica,

DECRETA

ARTÍCULO 1o.- El día 15 de Setiembre de todos los años será feriado en todas las oficinas públicas, y se celebrará en todos los pueblos de la República con la debida solemnidad.

ARTÍCULO 2o.- Al efecto el Supremo Poder Ejecutivo dispondrá lo conveniente para que el próximo 15 del corriente se celebre de modo más digno la publicación del decreto de 30 próximo pasado y el aniversario de los años subsecuentes.

Al Poder Ejecutivo. Dado en la ciudad de San José a los once días del mes de Setiembre de mil ochocientos cuarenta y ocho.- Juan Rafael Reyes, Vice-Presidente.- Nasario Toledo, Diputado Secretario.- Santiago Fernández, Diputado Secretario.-

Por lo tanto

EJECUTESE

JOSÉ MARÍA CASTRO

San José, Setiembre once de mil ochocientos cuarenta y ocho. El Ministro de Relaciones Exteriores y Gobernaoión. Joaquín Bernardo Calvo.-

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